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AutorRespuesta No: 290569
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Fecha de respuesta: Jueves 01 de Noviembre de 2012 18:33 2012-11-01 18:33 desde IP: 201.100.48.19
Segun el articulo 290 del Codigo Familiar de Michoacan, acude con las copias certificadas o certificados de nacimiento de tus hijas (actas) ya que este articulo señala que se comprueba el concubinato cuando se tiene un hijo en comun...y se hay vivido de forma conjunta sin la necesida de los dos años....acude a la defensoria de oficio y que te apoyen con la promocion desahogando esta vista o en su caso con la promocion (escrito)...saludos
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