Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 175029
  • Autor : marcomcmlx
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 1907
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6728
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 290363

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Los contratos por tiempo determinado deben cubrir ciertos requisitos que justifiquen el tiempo contratado.

    Pero cuando firmas un contrato por tiempo determinado y, al terminar este, subsiste la materia de trabajo o las labores, el contrato se debe prorrogar por todo el tiempo que dure el trabajo.

    Así que de entrada es ilegal esos contratos que estás firmando (aunque la reforma laboral buscar legalizar de manera disfrazada este tipo de contratación)

    Si te despide o ya no te quiere dar trabajo, se te debe indemnizar con tres meses de salario y prima de antigüedad por los cuatro años o si así lo decides puedes demandar el despido injustificado. El término del contrato no sería justificación del despido cuando aún subsite el motivo del trabajo que llevó a tu contratación.

    Espero que no hayas firmado renuncia voluntaria al contratarte, algo muy común y también ilegal de muchos patrones y en cuanto a los finiquitos, pues no es procedente ya que la relación laboral no se interrumpió.