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  • Consulta : 174746
  • Autor : tuamigoabogado
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  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido Consultante


       

    El platicar o pretender a una mujer no es ningún delito, pero por su edad de usted (40 años) supongo que su hermano tiene mas de 18 años y corresponde a los encantos de la menor de edad, y si le recibieron la denuncia  en la Agencia del Ministerio Publico es por que considerran que existen elementos para suponer que se debe investigar un hecho previsto y sancionado por  la Ley.

    Tal vez la Abuela tenga conocimiento que se le solicitan a su nieta favores de índole sexual, por lo que considero que su hermano directamente debe hacerse asistir por un abogado y se determine si su hermmano ha desplegado una conducta que pueda constituir un delito en agravio de su vecina.

    En via de orientación trascribo el siguiente:

     

    Codigo Penal

    ARTÍCULO 179. A quien solicite favores sexuales para sí o para una tercera persona o realice una conducta de naturaleza sexual indeseable para quien la recibe, que le cause un daño o sufrimiento psicoemocional que lesione su dignidad, se le impondrá de uno a tres años de prisión. En caso de duda quedo a la espera de su contacto

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Tu amigo abogado ®

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx