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  • Consulta : 174736
  • Autor : Cuaresmen
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  • Autor
    Respuesta No: 290133

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    PASO 1.- Convenir ante el JUEZ FAMILIAR el monto de la pensión alimenticia que se obligará a entregar a tí el PADRE de tu hijo.  Si no es ante un Juez, no vale,  carece de fuerza, así sea ante el delegado de la comunidad o el oso bimbo,  o ante Notario público.    Es mejor que conste por escrito.  Después de este escrito, el juez dictará una resolución donde fijara como PENSION ALIMENTICIA DEFINITIVA cierta cantidad de dinero, ya sea parte proporcional del sueldo del deudor, o bien en salarios mínimos.

    PASO 2.- Del regimen de convivencia, este también será decretado por el juez, pero te explico cómo funciona:  La madre es quien tiene la CUSTODIA, luego entonces el padre cumplidor (con los alimentos, no cumplidor con lo otro..) debe darle a la madre custodia el dinero, pero también tiene DERECHO a convivir con el niño, SIEMPRE Y CUANDO no interfiera con sus horas de sueño, ni con su escuela, ni con su hospitalización, ni con sus actividades que requieren atención.

    PASO TRES.- Haz de saber que efectivamente, las autoridades no consideran SECUESTRO el que el padre se lleve muchos días al menor  y lo arrebate de la madre... Esto no es secuestro.. es SUSTRACCION DE MENORES, que también es un delito.  Tú lo puedes prevenir advirtiendole al padre que lo vas a denunciar con la ley si te intenta quitar al niño, pues tú eres quien tiene LA CUSTODIA, según constará en el juzgado que ya te dije.

    PASO 4.-  usa preservativo.

    Suerte..