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  • Consulta : 174730
  • Autor : NGUSTAVO01
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  • Autor
    Respuesta No: 290130

  • NGUSTAVO01
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Que tal,

    Ante el hecho de que Usted ya sabe sobre el procedimiento sucesorio a favor de su vendedor, lo ideal es que conociera los términos de adjudicación por herencia que produjo el juicio sucesorio, pues Usted puede proponer la suscripción de un nuevo  contrato donde se haga mención de este detalle, y puede servir de base al juicio de otorgamiento de escrituras,  en caso de que esto no sea posible, consulte en el Registro Público de la Propiedad de su comunidad sobre los antecedentes registrales del inmueble y revise sí este hecho ha sido consolidado.

    Lo anterior puede producir las circunstancias necesarias para demandar el otorgamiento y firma de escrituras, como se lo menciono, la sentencia que produzca este juicio y que debe ser protocolizada ante notario público para que consolide su categoría de escritura pública, puede costarle un 8% en promedio del valor catastral actual del inmueble, más otros gastos como:  la inscripción en el Registro Público a favor suyo de esta sentencia protocolizada,  y lo relativo al traslado de dominio.

     Puede optar también  por la demanda de prescripción positiva o adquisitiva, si Usted ya tiene su traslado y paga predial y agua, la opción es iniciar un Juicio de prescripción y que se identificara en trámites como lo hemos expresado en relación a la sentencia de firma de escrituras.

    En caso de querer dirigir algún comentario llámenos al  (0155) 4314-3308 SUERTE