- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 174198
- Autor : marcomcmlx
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 1907
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5560
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 290817
-
Fecha de respuesta: Domingo 04 de Noviembre de 2012 11:49 2012-11-04 11:49 desde IP: 189.225.42.221
La LSPEE dice que en caso de encontrarte la conexión ilícita la sanción es administrativa y puede consistir hasta en tres veces la energía consumida desde la fecha en que se cometió la infracción, además del pago de la energía por concepto de cosumo normal y una indemnización o recargos.
En caso de reincidencia la sanción puede ser del doble y en caso de contumacia del triple.
Ahora que si no quieres pagar las acciones que tome la CFE pueden ser de las de cualquier acreedor.
En la práctica, lo que hace la CFE es pedirte que regularices tu servicio mediante un contrato. En otras que además del contrato pagues un retroactivo de uno o dos años.
-
Autor





