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  • Consulta : 173801
  • Autor : ulloa88
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  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Woaw abogado Ruiz... no solo tiene usted exceso de protagonismo como en aquella ocasion bien lo hacia notar el Lic. Primus sino que a parte tiene FALTA DE CONOCIMIENTO y se atreve a opinar asi de manera tan irresponsable.

    Mirire usted señora consultante. LO dicho aqui por las personas que antecede NO APLICA ... porque? Aqui el sustento...

     

    El Código Civil señala que el Oficial del Registro Civil RGISTRARA con los apellidos del MARIDO al menor aun no sea éste su hijo pues deberá para evitarlo, llevar el esposo un juicio de desconocimiento de paternidad y hasta entonces podrá registrarse como madre soltera. NO es como el que llega al supermercado y pide un kilo de jamon a su gusto... NOOO aqui hay una obligación de poner el apellido del marido. Ahora bien... suponiendo que no se dio cuenta el Oficial del Registro Civil que usted es casada... y usted DOLOSAMENTE lo registra como madre soltera... Comete el delito que tipifica el codigo penal como "DELITO CONTRA LA FILIACION DE LAS PERSONAS" ojo... mucho cuidado con los comentarios que algunos colegas hacen de muy buena fe eso me queda perfectamente claro, pero que en algunas ocasiones sin conocimiento de causa, lo que al seguir sus consejos podría llevarla a cometer delitos. Tenga cuidado...

    Es un error y habla de total desconocimiento el decir que si el padre demanda paternidad ..USTED TENDRA QUE PAGAR LA PRUEBA DE ADN.... caray... quiza el colega no asistió a clases el dia que en materia civil enseñaron que "El que afirma esta obligado a probar" y si quien demanda la paternidad diciendo ser el padre es él.... pues el lo paga. Pero en fin...

    Pero bueno... no es pecado no saber y seguramente los colegas que anteceden lo hicieron de buena fe con el unico proposito de ayudar que eso es lo que cuenta.

    Que le recomiendo YO... bien pues mira... inicie su divorcio... platiquelo con el marido y se presentará un escrito diciendole al Juez que al momento de tramitar el divorcio usted no esta embarazada (De otra forma todos los hijos que nazcan 300 dias despues del divorcio seran considerados como hijos de matrimonio) en cambio si se notifica que no hay embarazo firmado por ambos... aunque el bebe nazca a los pocos meses de haberse disuelto el vinculo matrimonial no afectará.

    Otra opcion será... divorcio y luego ya estando divorciada... acude al Registro Civil ... si le preguntan si es usted casada les muestra el acta de divorcio y listo .. (Normalmente mis compañeros no checan los 300 dias despues del divorcio) y podrá registrar como madre soltera como comentaba el colega abogaditojose (Saludos) pero sin cometer el delito de Delitos contra la filiación ...

    Saludos