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  • Consulta : 173715
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 289220

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Por lo general, los contratos de arrendamiento señalan que para hacer modificaciones al inmueble arrendado se requiere de la autorización del arrendador por escrito para hacerlas, si no tiene la autorización lo que agregue al inmueble de forma definitiva y que no se pueda separar por su naturaleza queda en beneficio del arrendador y de ninguna manera puede exigirle remuneración alguna. Si tiene autorización puede soliciar que el costo de las mejoras se compense con las rentas, pero todo depende del contenido del contrato de arrendamiento. Por otra parte si modificó el inmueble si permiso, incluso el arendador le puede demandar la reparación del daño si la obra le es perjudicial.