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  • Consulta : 173677
  • Autor : Rosen
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  • Autor
    Respuesta No: 289182

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Mi estimado consultante

    Mire, aún y cuando la normatividad aplicable hace referencia muy clara respecto de que estos créditos desaparecen después de 72 meses (ART. 20, 23 Y 24 de la LEY PARA REGULAR LAS SOCIEDADES DE INFORMACIÓN CREDITICIA), en los hechos prácticos y la realidad, el suscrito conozco por ejemplo casos en que en 1998 adquirieron un crédito que dejaron de pagar, y una controladora adquiere actualmente esas carteras vencidas, y las vuelven a subir al Buro y al Circulo de Crédito para presionar a los deudores.

    SALUDOS