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  • Consulta : 173417
  • Autor : licfcoruiz
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  • Autor
    Respuesta No: 288999

  • licfcoruiz
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    como bien ya le explico mi colega lineas arriba, tiene que dar contestacion a la demanda de lo contrario le seguiran haciendo dichos descuentos, esa es una pensión provisional mas no definitiva, por lo cual se puede reducir, y no existe recurso en contra de dicha resolución ya que los alimentos son de primera necesidad e inaplazables