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  • Consulta : 172945
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 288637

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    pabloluna439:

    Francamente no sé de donde algún notario que menciona usted y dos foristas que han escrito respuestas además de las mías han sacado la peregrina idea de que su señora madre estaba imposibilitada para vender el inmueble, toda vez que por muy irrevocable que se haya otorgado el mandato, lo cierto es que esa irrevocabilidad es nula juris et de jure (de pleno derecho), cuenta habida que es violatorio de lo establecido por el artículo 24 93 del Código Civi del Estado de Puebla que es donde acon tecen los hehcos de esta consulta.

    el artículo

     

    tiene la