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  • Consulta : 172607
  • Autor : licfcoruiz
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    Respuesta No: 288306

  • licfcoruiz
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    hagale firmar dicha carta sin embargo no es suficiente una vez que plasme su firma autografa

    usted tiene que promover un oficio, ante la junta de conciliación y arbitraje, en la cual se hace constar el despido de esta persona, es decir la rescisión del trabajador, manifestando la causa de su despido, con la finalidad de que  la Junta sea quien le notifique y todo este ajustado a a derecho