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  • Consulta : 172163
  • Autor : rehe
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  • Autor
    Respuesta No: 288036

  • rehe
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    recuerda colega que solo se te pueden admitir pruebas a juicio del superior, y con citación de la contraria y solo documentos supervinietnes, siempre y cuando guarden estrecha relacion con el juicio inicial, sin embargo el Tribunal cuando resuelve se va a concretar a los hechos tal y como hubieran sido probados en primera instancia, por lo tanto considero que si lo que tu quieres es demostrar que las pruebas ofrecidas por tu contraparte fueron muy pobres, esto no es materia de la apelacion.

    ademas supongo que ya tienes sentencia favorable cual es el problema.