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  • Consulta : 172138
  • Autor : licfcoruiz
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  • Autor
    Respuesta No: 288062

  • licfcoruiz
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si ustedes se casaron bajo el régimen patrimonial de sociedad conyugal se entiende que tendrian que repartir el bien inmueble al 50%, por el contrario si se casaron bajo el regimen de separación de bienes a ella no le corresponde nada en absoluto, sin embargo s se encuentra en la primera situación, en efecto tiene que otorgarle la mitad sobre ese bien