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Fecha de respuesta: Sábado 06 de Octubre de 2012 01:12 2012-10-06 01:12 desde IP: 189.145.215.76
De pura casualidad... ¿No será?:
Bien jurídico tutelado
e
Interés Jurídico.
El primero es un derecho o cosa que la norma protege: La vida, la salud, la libertad, la propiedad, etc.
El segundo es la titularidad que tiene sobre un derecho: Tiene interés jurídico el dueño de una cosa, en respecto al dominio de la misma.
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