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  • Consulta : 171957
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 289005

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Dizque Lic_zermeno:

    BEDOYA ABOGADA:

    ¿¡¿Qué parte de "AUTORIZACIÓN PARA EJERCER", ya sea provisional o sea definitiva es la que ustedes son incapaces de entender?!?.

    La cédula profesional es una autorización definitiva, las cédulas de pasante y autorizaciones provisionales son autorizaciones temporales, así que vuelvo a preguntarles:

    ¿¡¿Qué parte de "AUTORIZACIÓN PARA EJERCER", ya sea provisional o sea definitiva es la que ustedes son incapaces de entender?!?.

    Usen la cabeza para pensar, no nada más para peinarse, pero si son incapaces de esto, entonces tomen muchas, pero muchas vitaminas para el cerebro, les recomiendo el ácido glutámico...