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Fecha de respuesta: Sábado 13 de Octubre de 2012 17:04 2012-10-13 17:04 desde IP: 189.234.190.51
mi estimado alejandro...
presentate al juzgado con tu titulo... y diles que no tienes cedula... y te van a mandar a la ch.... como de rayo...
como que no haz leido las leyes de profesiones de los estados... donde dice que lo que vale es la cedula... tu "cartoncito"... es el recuerdo escolar... la presunciòn de que estudiates... lo que vale es la cedula...
sin cedula... porque la ley de profesiones federal articulos 1,2,3,4,5, asi lo señalan... ley novisima ... de 1954.... señala que sin cedula los siguientes profesionistas... NO LO SON... y hay hasta criterios de la corte que lo señalan...
aun cuando el codigo de edomex... diga,.... abogados o licendiados en derecho....titulados... Y... con cedula profesional.... seria una rebusnancia... tener cedula profesional ...no de pasante... y no tener titulo.... pero es para corregir el hecho de que hay quien falsifica la mendatada cedula....
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