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Fecha de respuesta: Viernes 05 de Octubre de 2012 14:27 2012-10-05 14:27 desde IP: 187.232.109.88
Hola consultante, para empezar es necesario que se hagan de los servicios de un abogado especialista en materia familiar a efecto de que le lleve su asunto, este abogado debera contar con titulo y cedula profesional debidamente registrada ante la SEP, ahora, si usted escucho, alguien le comento pero no le consta no debe hacer caso a esas versiones lo que debe hacer para empezar con ayuda de su abogado es iniciar un juicio sucesorio INTESTAMENTARIO solicitando a su vez que se realice la busqueda en el archivo general de notarias a efecto de saber si efectivamente dejo destamento su sr. padre, si existe tal testamento la cosa cambia, habria que checar las disposiciones que dejo su finado padre, ahora, si no dejo testamento debera seguir con el tramite legal, el albacea no es lo mismo que heredero, aclaro! el heredero es aquella persona a la cual se le dejaron bienes o en su defecto conforme a la ley tiene derecho a heredar, y el albacea es aquella persona encargada del cuidado y administracion de los bienes hasta que se resuelva el juicio, el albacea puede ser un heredero PERO TAMBIEN PUEDE SER CUALQUIE OTRA PERSONA QUE ASI LO HAYA DEJADO ESTIPULADO EL DECUJUS, suerte!
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