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Fecha de respuesta: Viernes 05 de Octubre de 2012 13:33 2012-10-05 13:33 desde IP: 200.95.171.138
Generalmente contra amparos contra órdenes de aprehensión si no se tiene certeza que autoridad la ha emitido, sólo se señalan a los juzgados de primera instancia, pues los delitos de los que conocen los menores, no son suceptibles de que se giren órdenes de aprehensión sino órdenes de presentación.
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