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  • Consulta : 171703
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 287487

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    La muerte no extingue obligaciones, por lo que el adeudo lo debe cubrir el poseedor del inmueble. Para cambiar el contrato de suministro se debe cubrir cualquier adeudo del medidor.