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  • Consulta : 171569
  • Autor : licfcoruiz
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  • Autor
    Respuesta No: 287367

  • licfcoruiz
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    se entiende que si no hay acuerdo en alguno de los puntos de parte de alguno de los consortes, en este caso la pensión alimenticia, ya no hay un concenso, por lo cual  aqui lo recomendable es que no firme el convenio hasta que lo estipulen en beneficio de ambas partes de lo contrario mejor que el señor espere a que le demanden los alimentos y que el juez le decrete lo justo y que el promueva por su cuenta el divorcio incausado que es un juicio ágil,