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  • Consulta : 171371
  • Autor : Eduardo 1103 21
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  • Autor
    Respuesta No: 287098

  • Eduardo 1103 21
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    hola que tal recibe un cordial saludo, para darte una respuesta a tu pregunta, en primer lugar un contrato de compraventa con reserva de dominio se da cuando te venden algo, pero te comprometes tu a pagarlo y hasta hacerlo no lo podras vender, entonces lo que tienes que hacer si ya terminaste de pagar, tienes que escriturar a tu nombre, aprovecha este mes que hay jornadas notariales y hacen buenos descuentos en los mismos, no puedes pedir que la escritura salga a nombre de la persona que le vendes por que primero te la tienes que protestar el derecho y las escritura a tu nombre es una forma de ello, y posterior puesdes vender, ahora la reserva de dominio es parte del contrato es una medida de seguridad para que pagues, y al pagar todo el adeudo en automatico la reserva de dominio desaparece