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Fecha de respuesta: Lunes 01 de Octubre de 2012 10:30 2012-10-01 10:30 desde IP: 189.232.124.211
hola que tal recibe un cordial saludo, para darte una respuesta a tu pregunta, en primer lugar un contrato de compraventa con reserva de dominio se da cuando te venden algo, pero te comprometes tu a pagarlo y hasta hacerlo no lo podras vender, entonces lo que tienes que hacer si ya terminaste de pagar, tienes que escriturar a tu nombre, aprovecha este mes que hay jornadas notariales y hacen buenos descuentos en los mismos, no puedes pedir que la escritura salga a nombre de la persona que le vendes por que primero te la tienes que protestar el derecho y las escritura a tu nombre es una forma de ello, y posterior puesdes vender, ahora la reserva de dominio es parte del contrato es una medida de seguridad para que pagues, y al pagar todo el adeudo en automatico la reserva de dominio desaparece
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