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AutorRespuesta No: 287027
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Fecha de respuesta: Sábado 29 de Septiembre de 2012 20:57 2012-09-29 20:57 desde IP: 201.141.28.244
Primero se requiere que la colonia esté constituida ante notario bajo el régimen de propiedad en condominio, si la construcción es nueva la constructora tiene derecho a llevar la administración del condominio por un año una vez entregada la obra, pasado el año los condñominos deben acudir a la Procuraduría Social del Estado de México para registrar el libro y convocar a la primera asamblea a efecto de conformar la nueva administración. Acuda a la Procuraduría Social del EdoMex para que les orienten en la forma de registrar el libro y convocar a la primera asamblea de condóminos.
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