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  • Consulta : 171150
  • Autor : LicVelazquez
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  • Autor
    Respuesta No: 286822

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Nuevamente no Monic. El endoso en propiedad no tiene como finalidad evitar que se impida la oposición de excepciones personales, sino la transmisión real del derecho incorporado en el título, por la causa subyacente que origina la transmisión, ya sea onerosa o gratuita.

    La imposibilidad de oponer excepciones es una consecuencia del endoso, pero no su fin legítimo. 

    Ahora bien, el hecho de que el consultante se hubiese "dejado guiar" por el abogado no lo exime de responsabilidad, pues nadie endosa en propiedad creyendo que sigue siendo propietario. No puede llamarse engañado por parte del abogado y aún cuando así lo demostrase, el fraude procesal se produjo.

    Saludos.