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AutorRespuesta No: 286751
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Fecha de respuesta: Jueves 27 de Septiembre de 2012 16:31 2012-09-27 16:31 desde IP: 189.232.156.153
Acertado comentario le han hecho mis antecesores.
Y solo para agregar que en las diferentes entidades Federativas existe un Codigo de Procedimientos Civiles y es supletoria al de la Ley General de Titulos y Operaciones de Credito, y en el cual por ejemplo puede señalar que:
La acción procede en juicio, aun cuando no se exprese su nombre o se exprese equivocadamente, con tal de que se determine con claridad la clase de prestación que se exija del demandado y el título o causa de la acción.
Saludos.
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