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  • Consulta : 171114
  • Autor : calamarin
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    Respuesta No: 286751

  • calamarin
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Acertado comentario le han hecho mis antecesores.

    Y solo para agregar que en las diferentes entidades Federativas existe un Codigo de Procedimientos Civiles y es supletoria al de la Ley General de Titulos y Operaciones de Credito, y en el cual por ejemplo puede señalar que:

    La acción procede en juicio, aun cuando no se exprese su nombre o se exprese equivocadamente, con tal de que se determine con claridad la clase de prestación que se exija del demandado y el título o causa de la acción.

     Saludos.