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AutorRespuesta No: 286478
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Fecha de respuesta: Miércoles 26 de Septiembre de 2012 10:04 2012-09-26 10:04 desde IP: 187.177.31.71
si levantaste un acta circunstanciada donde mencionas q el sr. abandono el hogar conyugal entonces si procede el divorcio por esa causall.
tu puedes abrir todas las cuentas q quieras y si ya levantes el acta si procede el divorcio aun por esa causal.
si abres otra cuenta y te aumentan el sueldo, ell sr. voluntariamiente puede bajar lo q otorga por concepto de pension sin q tenga consecuencias por este hecho y si todo comprobante de ese tipo es un medio de prueba.
pero deja de preocuparte por el dinero porq tambien trabajas y ganas bien. lo q tienes q hacer es:
1.- platicar con el sr. y si tanto es tu deseo de divorciarte (ya q el sr. ni siquiera te lo ha planteado) pudiera ser voluntario y seria menos traumatico para ti y para tus hijos.
2.-. en caso de ser necesario tendras q demandar la pension alimenticia, q esta la otorga el juez de aacuerdo a las posibilidades del acreedor alimentista y a las necesidades de quien la requiera (aqui puedes salir perdiendo ya q el juez por lo general cuando son dos personas q requieren la pension por lo general dicta de un 10% hasta un 20% del salario del acreedor alimentista)
3.- en caso de q el sr. averigue q te aumentaron el suelto, te vuelvas a casar o juntar puede solicitar la reduccion de pension alimenticia ya q tu salario es similiar al de el
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