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  • Consulta : 170802
  • Autor : Cuaresmen
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  • Autor
    Respuesta No: 286358

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    La cosa es así:

    Tus padres se casaron por bienes mancomunados, y la casa era de ellos COMO SOCIOS,  su sociedad conyugal así lo establece.

    Por lo tanto, primero habría qué liquidarla.  De acuerdo a la ley.  Y seguramente los términos es 50% para cada conyuge de los bienes habidos en el matrimonio.  En este caso, una mitad para cada quien.

    Sin embargo, al sobrevenir su muerte, resulta que la mitad de tu madre ha quedado INTESTADA, sin testamento, y se repartirá como sigue:

    esta mitad será dividida entre el padre y los hijos subsistentes a partes iguales. PREVIO JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO.

    Así las cosas, ustedes compartirán la propiedad de la casa como sigue:

    - una mitad completa es de tu padre

    - la otra mitad se va a dividir en 4 partes .

    Suerte.