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  • Consulta : 170747
  • Autor : PEGZA
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  • Autor
    Respuesta No: 286335

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


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    Que tal, es incorrecto lo señalado por el último forista, ya que con las reformas al Código de Comercio a inicios de éste año, al quantum para la apelación se aumentó a 500 mil pesos y existe jurisprudencia de la Suprema Corte que ha dicho que el juicio se divide en distintos procedimientos y cada uno es un acto judicial diverso, por lo que, si el juicio inicio en el 2005, con las reformas de enero de 2012, sí la sentencia salió posterior a está, lo procedente es el amparo directo y no es aplicable la legislación a la fecha de presentación de la demanda.

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