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  • Consulta : 170651
  • Autor : elihuttz87
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  • Autor
    Respuesta No: 286197

  • elihuttz87
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Las propiedades se gravan en el Registro Publico de la Propiedad y del Comercio de su localidad, esto mediante contrato firmado en donde usted comparezca como Garante Hipotecario, lo cual a como hace su consulta no resulta ser asi. Solo mediante ese supuesto pudiesen gravar su propiedad.

    Al pendiente. Saludos.