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AutorRespuesta No: 285887
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Septiembre de 2012 12:34 2012-09-21 12:34 desde IP: 189.215.58.154
Aparentemente, y si los hechos son como los relata, no se trata de un "accidente", sin que, al haber quedado su primo "inconsciente" sin culpa suya, es decir, por haber recibido un golpe en la cabeza mientras conducía; se coloca en la EXCLUYENTE a que se refiere el artículo 15 fracción I del Código Penal Federal, en su correlativo numeral 29 fracción I del Código Penal del DF.
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