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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Septiembre de 2012 12:29 2012-09-21 12:29 desde IP: 187.172.192.57
La pensión de viudez se calcula al 90% de lo que recibia el pensionado o si estaba en activo el mismo porcentaje de lo que se le calculara en invalidez, si fuera la muerte por riesgo de trabajo seria el 40% para viudez y 20% para orfandad. i gual en invalidez esto ultimo.
Se toma el salario diario integrado de las ultimas 250 semanas , para calculo por invalidez , o el salario diario actual integrado para calculo por riesgo de trabajo y de cualquiera de ellos la derivada de viudez u orfandad.
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