- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 170161
- Autor : Cuaresmen
- Consultas en Foro: 4
- Respuestas en Foro: 2380
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5564
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 285606
-
Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Septiembre de 2012 17:17 2012-09-19 17:17 desde IP: 201.144.87.45
Pues el problema ya lo tienes. hay qué solucionar parte de este.
Cómo ?? Debes de demandar al padre UNA PENSION ALIMENTICIA.
Sin embargo, para ejercer esta acción, el padre lo debió HABER REGISTRADO, RECONOCIDO EN EL REGISTRO CIVIL / FAMILIAR.
De no haberlo reconocido, tienes otro problema, que sería demandarle el reconocimiento de paternidad.
Si no tienes dinero, debes de acudir al DIF de tu localidad, para que de ahi te canlicen con la defensoría de oficio adscrita al juzgado competente en razón de tu domicilio.
Suerte.
-
Autor





