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  • Consulta : 170161
  • Autor : Cuaresmen
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  • Autor
    Respuesta No: 285606

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Pues el problema ya lo tienes.  hay qué solucionar parte de este.

    Cómo ??  Debes de demandar al padre UNA PENSION ALIMENTICIA.

    Sin embargo, para ejercer esta acción, el padre lo debió HABER REGISTRADO,  RECONOCIDO EN EL REGISTRO CIVIL / FAMILIAR.

    De no haberlo reconocido, tienes otro problema, que sería demandarle el reconocimiento de paternidad.

    Si no tienes dinero, debes de acudir al DIF de tu localidad, para que de ahi te canlicen con la defensoría de oficio adscrita al juzgado competente en razón de tu domicilio.

    Suerte.