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  • Consulta : 170118
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 285560

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Te recomiendo que entres a la página de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en el apartado del IUS, verifiques jurisprudencias relacionadas con el tema.

    Incluso, en las tesis que constituyen jurisprudencia o que provienen de contradicciones de tesis, vienen las ejecutorias, dónde señalan todo el procedimiento y el porqué se llegó a determinar que una tesis debe prevalecer sobre otra que tuvo un concepto diferente, pero ahí vienen los casos concretos.

    A groso modo, un concepto de violación es inoperante cuando en nada puede modificar el acto reclamado, puesto que es inepto para resolver el asunto favorablemente para el quejoso (promovente del amparo).

    Suerte!