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  • Consulta : 170108
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 285563

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si no existe una resolución judicial que establezca la forma en que habrán de llevarse las visitas y convivencias del padre con su hija, le sugiero acuda a la Defensoría de Oficio de su Estado, para que le hagan una demanda solicitando el pago de una pensión alimenticia para su menor hija, así como que se establezca un régimen de visitas y convivencias, especificando tanto el lugar donde se recojerá a la menor, la hora, los días y viceversa.

    Tanto el monto de la pensión alimenticia, como la forma en que se llevará a cabo dicho régimen de visitas y convivencias, la determinará el Juez en base a lo que argumenten las partes, si es que previo a dictarse sentencia, no llegan a un acuerdo entre las partes.

    Por lo que es mejor que quedé establecido en un Juzgado todo lo anterior y Usted no tenga que preocuparse si el padre de la menor le dará o no le dará dinero, ni él tendrá que preocuparse porque Usted no le permita ver a su hija... incluso pueden solicitar que sea a través de un Centro de Convivencias que se puede llevar a cabo dichas visitas y convivencias...

    Suerte!