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Fecha de respuesta: Martes 18 de Septiembre de 2012 10:26 2012-09-18 10:26 desde IP: 187.141.50.114
El adulterio no está tipificado como delito sino como causal de divorcio, contrario al Distrito Federal, donde recientemente quedó despenalizado.
Para que el adulterio sea considerado como un delito, se necesita encontrar a los culpables en el acto sexual, y para ello se tendría que hacer una serie de investigaciones para presentar diversas pruebas, pero en México no se cuenta ni con los instrumentos técnicos no con el personal capacitado.
El adulterio se trata en el ámbito civil como una causa de divorcio, y no en el penal, porque al ser parte de la primera, automáticamente se disuelven los vínculos legales. < language=JavaScript>writePostTexto()>De acuerdo al articulo 141 del Código Civil de Veracruz el ADULTERIO es una causal de divorcio, pero como te comento, este debera de estar realmente comprobado y de no tener pruebas no procede...ahora, si tuviste un hijo antes de casarte este no entra como causal de divorcio por cuestiones de tiempo....asi que no te preocupes, no pasa nada.....
ARTICULO 141.
SON CAUSAS DE DIVORCIO:
I. EL ADULTERIO DEBIDAMENTE PROBADO DE UNO DE LOS CONYUGES;
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