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  • Consulta : 169535
  • Autor : DABAPE
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  • Autor
    Respuesta No: 284931

  • DABAPE
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Saludos Forista le respondo de la siguiente manera porque siento que aunque tiene razón... me da el presentimiento de que a OCHOA DONIS, le MOLESTA contestar preguntas y no lo hace de la manera adecuada que permita concluya su duda. Efectivamente lo recomendable es que acuda con un Abogado para que le elabore un contrato de compra-venta (no es necesario que forzosamente lo haga en el notario publico, yo considero que muchas veces tambien es regalar el dinero. El contrato estructurado debidamente por un Abogado tiene la misma validez que si fuera ante notario y seguramente el documento hecho con el Abogado y no el notario publico será mas economico) en dicho contrato estará estipulado el método de pago y lo acordado entre ambas partes. Normalmente y yo como su Abogado acordaría darle preferencia y que el comprador PAGARA previamente el monto acordado de la manera convenida y posteriormente se escriturara a su favor. AHORA BIEN... pueden acudir directamente al notario publico a celebrar directamente el cambio de nombre de escritura por venta del mismo y ahorrarse de esta manera el previo contrato con el Abogado pero de igual manera recomendaría y tal cual debe de ser que el comprador previamente realice el pago total del inmueble. CON RELACIÓN AL PAGO A REALIZAR A LA PERSONA QUE PROMOVIÓ EL TERRENO, debe manejarlo de manera independiente platique con los encargados y realice el pago que previamente hallan pactado, probablemente un 5% del valor total de la venta, quiero pensar que quizá firmaron antes algún contrato y si no es así pida le firmen un recibo de pago por el concepto de comisión de venta. ESTOY DE ACUERDO ACUDA CON UN ABOGADO DE SU CONFIANZA!!