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AutorRespuesta No: 284898
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Fecha de respuesta: Viernes 14 de Septiembre de 2012 22:46 2012-09-14 22:46 desde IP: 201.141.1.55
Efectivamente a Usted le debieron entregar un aviso previo de visita de revisión, y una vez notificado del mismo procede la revisión de su medidor pero nunca antes y menos del interior de su domicilio. Iniciada la revisión se realiza un acta en la que Usted tiene derecho de nombrar testigos y concluido el procedimiento en la que además tenía derecho de desvirtuar las afirmaciones de la empresa de clase mundial, le notifican el ajuste de facturación y multa. Cuenta con cuarenta y cinco días habiles para demandar la nulidad de la sanción ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, requiere de los servicios de un abogado especialista en la materia.
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