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  • Consulta : 169369
  • Autor : Cuaresmen
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  • Autor
    Respuesta No: 284704

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    A ver:

    1.- no estan casados, pero tampoco nos dices si ambos registraron al niño.

    Si es así, ambos tienen la patria potestad y guarda y custodia del niño, con derechos y obligaciones.

    Ambos deben alimentarlo.  si tú no trabajas, la obligación es suya solamente, pues tú eres "su concubina"

    Así las cosas, tú tienes la patria potestad y guarda y custodia del niño, así que NO TE PUEDE ACUSAR DE SECUESTRO, y menos si no le estas pidiendo rescate alguno.

    - armate de valor, y vete a la de ya..  Eso sí,  asegúrate de tener un hermano entrón o primo jalador para que lo pare en caso de que te vaya a molestar.

    Si me dijeras qué problemas te orillan a esto, se me ocurrirían otras cosas para que tú sustrajeras al niño de su radio de acción sin consecuencia negativa legal para tí.  Pero como no soy adivino, solo te vuelvo a decir que te armes de valor, y que te vayas con tu hijo a la de ya.

    Saludos.