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  • Consulta : 169277
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 284622

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Sólo te corresponde el pago de las prestaciones devengadas y no pagadas, como son salarios pendientes por cubrir, pago de la parte proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima de antiguedad y/o cualquier otra prestación extralegal a que hubieres tenido derecho.

    Suerte!