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  • Consulta : 169092
  • Autor : Rosen
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  • Rosen
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    (Resumen de Actividades)

     

    Mi estimado (a) consultante Necos74

    Mire, el suscrito he visto una infinidad de ventas ante Notario Publico de inmuebles realizada por el heredero universal

    Así es, tal y como lo detallan los criterios jurisprudenciales, la acción de petición de herencia se ejercita, por el heredero testamentario o abintestato, para que sea declarado heredero el demandante, se le haga entrega de los bienes hereditarios con sus acciones, sea indemnizado y se le rindan cuentas. La doctrina distingue la acción de petición de herencia de la acción reivindicatoria propiamente tal; en tanto que la reivindicatoria tiende a obtener el dominio y la posesión de un bien determinado, la acción de petición de herencia tiene por objeto una universalidad jurídica. Pero este principio reviste una especial aplicación en casos como el que se realiza en la hipótesis en que el heredero único y universal transmite a tercero los derechos que, en calidad de tal, le incumben sobre un bien determinado de la herencia. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha declarado "Cuando una persona es heredera única y universal de una sucesión y, por tanto, la sola propietaria del caudal hereditario, puede vender indistintamente los derechos o los bienes de este acervo, porque la propiedad se transmite con la muerte del autor de la herencia a sus herederos.

    TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; 193-198 Cuarta Parte; Pág. 77

    HEREDERO ÚNICO Y UNIVERSAL, VENTA DE LOS BIENES SUCESORIOS HECHA POR EL.

    Cuando una persona es heredera única y universal de una sucesión, y por tanto, la sola propietaria del caudal hereditario, puede vender indistintamente los derechos o los bienes de ese acervo, porque la propiedad se transmite con la muerte del autor de la herencia a sus herederos.

     SALUDOS Y MUCHA SUERTE