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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Septiembre de 2012 11:29 2012-09-12 11:29 desde IP: 201.137.144.227
Hola consultante, de que parte de la republica escribe? usted puede acudir a una AGENCIA DEL MP iniciar UNA DENUNCIA DE HECHOS, argumente todo lo que menciona aqui, que se dicto sentencia minima, que solo recibio un deposito del SR. el Mp es un representante social por lo que iniciaran la QUERELLA y mandaran orden de aprehensión, esto tendra 3 resultados: el primero, que el señor debera garantizar por 1 año toda la pensión alimenticia, debera pagar todo lo no suministrado a tiempo y perdera todos los derechos sobre el menor (patria potestad), en el derecho nada es automatico y por ende usted o su abogado especialista en materia penal (con titulo y cedula profesional debidamente registrada en la SEP) deberan llevar el asunto con sumo cuidado!!! asi que animo.
a sis ordenes
Lic. Octavio Campuzano
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