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AutorRespuesta No: 284421
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Septiembre de 2012 23:26 2012-09-11 23:26 desde IP: 201.152.81.112
la respuesta se encuentra en el articulo 83 de la Ley de Amparo ultimo parrafo que a la letra dice:
En todos los casos a que se refiere este artículo, la parte que obtuvo resolución favorable a sus intereses, puede adherirse a la revisión interpuesta por el recurrente, dentro del término de cinco días, contados a partir de la fecha en que se le notifique la admisión del recurso, expresando los agravios correspondientes; en este caso, la adhesión al recurso sigue la suerte procesal de éste.
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