Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 168681
  • Autor : NGUSTAVO01
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 154
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 7467
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 284172

  • NGUSTAVO01
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Las posibilidades son nulas,pues una vez que se acepta el acuerdo de liquidación y en su momento se ratifica el mismo ante la Junta,  este alcanza la categoria de laudo firme, es decir no existe alternativa legal para ser modificado.