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Fecha de respuesta: Viernes 07 de Septiembre de 2012 11:35 2012-09-07 11:35 desde IP: 206.47.102.226
Sr ulloa88 (y disculpeme por llamarle asi pues su nombre no aparece):
Muchisimas gracias por esta informacion y por el tiempo que se tomo para tan detallada respuesta. La verdad es que con su explicacion me queda claro el procedimiento que bedo seguir para poder contraer matrimonio otra vez.
Le enviare el acta a mi prometida y le pedire que acuda al registro civil donde nos casaremos para tener informacion acerca de si la insercion es requierida. Espero que no pero el hecho de que el original de la "resolucion" y el "certificado" de divorcio estan en Ingles (por haber procedido en Canada) - a pesar de estar debidamente traducidos - me hace pensar que me pediran cumplir con este requisito primero para luego proceder.
Si ese es el caso, necesitare enviar los documentos a mi familia en Cancun para pedir la insercion en el acta de matrimonio pues no creo viajar para ahi antes de la boda (que la estamos planeando para el proximo mes).
Finalmente me tranquiliza saber que el tiempo de espera no aplica pues la resolucion solo menciona que el divorcio seria valido un mes despues de firmada la resolucion. Y efectivamente, el certificado de divorcio tiene fecha de exactamente un mes despues de la resolucion. Asi que por ese lado, todo esta bien.
Muchas gracias nuevamente por su tiempo y por su ayuda. La informacion que me proporciono fue excelente.
Saludos cordiales,
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