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Fecha de respuesta: Jueves 06 de Septiembre de 2012 13:19 2012-09-06 13:19 desde IP: 187.144.142.173
Son seceptible de demandar tanto en la via ejecituva, ordinaria o especial mercantil los títulos de crédito. Ahora pues si uster cuenta con un título de crédito (o documento con elementos de título de crédito)es suceptible de demandar en materia mercanti (el título de crédito más común es el pagaré)
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