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  • Consulta : 168118
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 283853

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Rosen:

    Le encomiendo mucho que lea de nuevo, y con mucho cuidado, la consulta, porque en ella el consultante pregunta acerca de la exhibición de las posiciones, nunca inquiere acerca del plazo para ofrecer la confesional, y de la confusión que usted hace de estas dos promociones es que deviene todo el debate que resulta inútil, superfluo y hasta enojoso.

    Por otra parte, le hago notar que los oferentes están obligados a presentar a sus testigos y a interrogarlos vrbalmente, de tal manera que un buen y previsor abogado puede prever que su contraparte comparecerá a la audiencia y, consecuentemente, convalidará una falta o irregular notificación, so pena de que le declaren la desersión de sus testimoniales..