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  • Consulta : 168118
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 283681

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    ROBERTO_ARMENTA:

    Haga caso omiso de lo que escribió el buen Rosen (cordiales saludos), pues es perfectamente notorio que se confundió respecto de lo que usted pregunta.

    Ahora bien, en relacióncon sus inquietudes, le hago saber que tanto el Código de Comercio como cualquier Código de Procedimientos Civiles, simplemente dicen que para declarar fictamente confeso a un abolvente que falta a la audiencia las posiciones debieron ser presentadas antes de la audicencia pero omiten señalar un plazo de dicha anticipación, de tal manera que basta que se presenten en la oficialía de partes un minuto antes de la hora de la audiencia para que se cubra el requisito, sin embargo es sumamente peligroso confiarse en que el reloj de la oficialía de partes está sincronisado con el del articulante de las posiciones, por lo que, para evitar problemas y asegurar el éxito, lo mejor es presentar la promoción con el sobre que contiene las posiciones, desde por lo menos diez minutos antes de la hora de la audiencia...