- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 167735
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 283216
-
Fecha de respuesta: Domingo 02 de Septiembre de 2012 13:05 2012-09-02 13:05 desde IP: 189.177.86.186
es pedir la liberaciòn al banco..,. para que ellos giren la orden al notario... este haga los tramites de levantamiento de gravamen... no es necesario un juicio...
-
Autor





