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  • Consulta : 167482
  • Autor : Draco88
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    Respuesta No: 282935

  • Draco88
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Negociar?????????  Con todo respeto, no podemos usar ese término en este caso. Estamos hablando de la muerte de una persona, y lesiones para otra.

    Desconozco que tan bien fundamentado esté su caso, y cuáles son las condiciones que puede aceptar esa empresa. Bajo mi poca experiencia, permítame decir que no existe normatividad alguna que diga "muerte de menor en un accidente de tránsito = XXXXX pesos M.N.".

    Ahora atendiendo al caso en particular, si su esposa trabaja, la indemnización deberá cubrir su salario, los gastos médicos (todos, hospitalización, cirugías, medicinas, servicios profesionales como doctores y enfermeras) y dependiendo de si su recuperación sea total o parcial, un monto por la posible incapacidad permanente que pueda haber sufrido.

    Respecto a el fallecimiento de su menor hijo, no sugeriré una cantidad, pero definitivamente debe sentarse un precedente, sobretodo para los choferes de empresas, quienes, en algunos, no son lo más cuidadosos; pero le menciono a usted que en un asunto de accidente de tránsito donde falleció una persona de la tercera edad, el monto que fijaron para la fianza del indiciado fue de $500,000.00 Pesos, siendo que aún había que realizar investigaciones y seguir el proceso penal, es decir no se había comprobado nada, y usted menciona que la empresa ya se atribuyó la responsabilidad...

    Espero que todo le salga bien y la pronta y óptima recuperación de su esposa.