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  • Consulta : 167322
  • Autor : Cornelius
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  • Autor
    Respuesta No: 282856

  • Cornelius
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si trabajas y te pagan por honorarios, tu no generarás ningún derecho de caracter laboral (antigüedad, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, indemnización, etcétera), tu relación jurídica sería meramente de carácter civil.

    Ahora cuando te inscribas en el Registro Federal de Contribuyentes y obtengas la autorización para emitir recibos de honorarios, tienes que tener en cuenta que de los 2500 pesos que ganas debes descontar impuestos como 16% de IVA, 28 % de ISR, además de contratar a un contador público que lleve tus declaraciones, en conclusión, por esa cantidad te recomiendo que mejor busques otro trabajo. Buena Suerte.